viernes, 10 de mayo de 2013

Propiedad Industrial.

La Ley General de Propiedad Industrial busca proteger las innovaciones de las personas ya sean patentes o marcas, esto con la finalidad de evitar el plagio y la piratería.  
La propiedad industrial otorga dos tipos de derechos: en primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga.
- Las invenciones: son todas aquellas creaciones novedosas, que sólo pueden ser hechas por personas físicas, las cuales tienen el derecho de uso exclusivo.
-  La marca: es todo lo signo visible que distingue productos o servicios de otros de su misma clase o especie. 
Especialmente existe un instituto (IMPI) el cual se encarga de regular la propiedad industrial, este instituto se encarga de proteger:
- Patentes: Derechos exclusivos de las creaciones de las personas. 
·        - Modelos de utilidad: Un invento del cual hay una utilidad para las personas.
·        - Diseños: Un boceto.
Así como también:
·         -Marcas: símbolo o nombre que identifica un producto.
·        - Nombres comerciales: Nombres de un producto. 
·      -Denominación de origen: El ejemplo que comentamos en clase fue el de el tequila el cual  es una denominación de origen debido a que se produce en tequila Jalisco.  

- Derechos de Autor:
Los derechos de autor también son regulados por la ley general de propiedad industrial, la cual protege los derechos morales y patrimoniales de los autores por el solo hecho de la creación de una obra literaria,artística,musical,científica,etc. (derechos de autor).
*Derechos morales: duran toda la vida (reconocimiento).
*Derechos patrimoniales: durante un periodo de 20 años.

 
 
 
 
 
 

Concursos Mercantiles.

Los concursos mercantiles se encuentran  regulados en la Ley General de Concursos Mercantiles y se refieren principal mente a la quiebra de las empresas y  a la prelación de créditos que es el orden en que se paga a los acreedores.
Entonces en estos concursos los acreedores concurren para exigir el pago de créditos de una empresa.
  • Se concidera una empresa en quiebra cuando: 
-Se encuentran vencidas el 35% de sus obligaciones .
-Con sus activos no puede pagar el 80% de sus deudas.

Cuando la enpresa ya se concidera en quiebra definitivamente tiene que pasar por dos precesos:

  1. Conciliación:Se busca llegar a un acuerdo entre las empresas y sus acreedores para que se realise una estructura financiera o administrativa.
  2. Declaración de quiebra: En caso de que no se llegue a un acuerdo con la otra empresa se empiezan a vender los activos para pagar lo resultante a los acreedores y se presenta el remate en el que se debe tener el 20% del bien para poder concursar para la puja del bien y en caso de que no sea así se valuará el bien por debajo de este porcentaje. 
  • Prelación de Créditos:
**Créditos preferenciales: -Salarios de los trabajadores.
-Alimentos.
-fiscales: SHCP, IMSS, Infonavit, etc. 
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-Mercantil: Antuguedad.


Asociación en Participación.

  •  Asociación en Participación:
Este contrato se encuentra regulado en la Ley General de Sociedades Mercantiles y como todo contrato  existen dos figuras muy importantes:
*Asociante: Es una
*Asociado: Es el
Es un contrato por el cual una persona denominada asociante (persona física o moral con actividad empresarial ) concede a otra u otras personas denominadas asociados una participación en el resultado o en las utilidades de uno o de varios negocios o empresas del asociante, a cambio de una determinada contribución.
Este contrato no determina la constitución de una persona jurídica y por tanto no tiene razón o denominación social.

Caracteristicas:
Se requieren mínimo dos partes.
No tiene personalidad jurídica
No cuenta con una razón o denominación social
No tiene un patrimonio social ni se crea un patrimonio común entre el asociante y el asociado.
El asociante es el responsable de actuar como el representante legal y el encargado de la administración del negocio.
Existe un interés común entre el que realiza la actividad y el que aporta el capital.
Las utilidades y pérdidas se distribuyen según lo pactado en el contrato.
Las pérdidas de los asociados no pueden exceder su aportación.
En ningún momento puede adquirir la forma de una sociedad mercantil.
Se administra conforme a las reglas aplicables a las sociedades en nombre colectivo en cuanto al funcionamiento, disolución y liquidación.






lunes, 6 de mayo de 2013

Contratos Mercantiles.



Como ya sabemos un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas con el fin de crear o transmitir derechos y obligaciones. 
Para definir un contrato mercantil, pues basicamente es lo mismo solo que la relación entre esas personas deben de tener como objeto un acto de comercio y llevado acabo por comerciantes.
Para estos tipos de contratos existen diferentes tipos:
  • Contratos nóminados: Son los que estan regulados por la ley.
  • Contratos innóminados: No estan regulados por la ley pero aparecen en la vida cotidiana en los usos y costumbres.
  • Contratos de adhesión: se pactan con una firma solamente, el contrato como tal ya viene previamente elaborado.
  • Contratos leoninos o lesivos: generan derechos excesivos y obligaciones excesivas (contratos ventajosos).
 Algunos contratos mercantiles son:

  • Fideicomiso: comisión de fe, en este contrato existen tres partes:
  1. Fideicomitente: Es el que destina bienes o recursos para realizar un fin especifico.
  2. Fiduciario: Es la institución de crédito (banco), es quien administra los bienes en beneficio del fideicomisario.
  3. Fideicomisario:  Es el beneficiario (s) del fideicomiso.
  • De Seguro:  Este contrato esta regulado en la ley de contratos de seguro, en este contrato una de las partes debe ser comerciante que en este caso sería la aseguradora.
Los contratos de seguro se clasifican en:
  1. Seguro de vida.
  2. Seguro de riesgo.
  3. Seguro de protección de bienes.
  4. Seguro de gastos médicos, etc.
  • Factoraje: Este contrato permite a una empresa tener liquidez en cuanto a sus cuentas por cobrar o cartera vencida.
  • Arrendamiento Financiero: En este tipo de arrendamiento hay posibilidad de que al termino del contrato el objeto arrendado ya no sea devuelto puesto que en el pago de las rentas ya esta incluida la depreciación del objeto. El arrendamiento financiero tiene la finalidad de financiar a una empresa, además de que es regulado por los usos y costumbres mercantiles.
  • Asociación en participación: En este contrato interviene necesariamente una persona con actividad empresarial para que esta le otorgue una participación en sus utilidades o pérdidas a un asociante o asociados según sea el caso. En este contrato existen dos partes muy importantes las cuales son el asociante y el asociado, el asociante otorgara al asociado una participación en sus utilidades o perdidas según sea el caso, la distribución de las utilidades es equivalente al apoyo recibido por el asociado, el asociado puede aportar maquinaria, equipo, efectivo, una patente,etc.Es importante mencionar que este tipo de contrato no tiene personalidad jurídica.

sábado, 4 de mayo de 2013

Operaciones de Crédito.

Las operaciones de crédito son transacciones  financieras efectuadas por las entidades que consisten en recibir o prestar dinero de o a los clientes, se trata de una de las operaciones más comunes que se  hacen en las entidades financieras, debido a que prestan recursos a sus clientes mediante productos financieros como los créditos, las tarjetas de crédito, los préstamos, entre otros.
Estos préstamos se hacen con el compromiso por parte de los clientes de pagar una suma adicional la cual es conciderada como interés el cual evidentemente es mucho más alto que el prestamo o depósito de dinero, con esto las instituciones de credito generan más dinero el cual les sirve para seguir haciendo prestamos.

Titulos de crédito.

Los titulos de crédito son una orden de pago. Son documentos necesarios para ejercitar la acción literal que en el se consigna.
Existen diferentes tipos de titulos de cédito, aunque en la actualidad solo se usan dos el cheque y el pagaré éstos se encuentran regulados en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
  • Pagaré:
En el pagaré existen dos figuras importantes el suscriptor quien es el que de alguna forma se obliga a pagar la cantidad señalada en el pagaré y el beneficiario que es la persona que recibe dicho pago.
El pagaré se conforma de ciertas características:
  1. Lugar y fecha de expedición.
  2. mención de ser pagaré.
  3. nombre del beneficiario.
  4. lugar y fecha de pago.
  5. cantidad a pagar.
  6. Folio (en caso de que se vallan a pagar más cheques en plazos determinados por el suscriptor y el beneficiario).
  7. Interés.
  8. Datos del suscriptor.
  9. Firma del suscriptor y deudor.
En el caso del interés es importante señalar que existen 4 tipos:
  1. Simple: 6 % mensual y 9% anual (este interés se aplica si no es fijado por las partes).
  2. Convencional: Según los usos y costumbres mercantiles.
  3. Compuesto: Es exponencial (interés sobre interés). 
  4. Moratorio: se aplica en caso de retraso.
Por último concidero importante mencionar que al pagaré se le puede poner endoso que solo son anotaciones las cuales van atrás del cheque.


  • Cheque:
Al igual que en el pagaré en el cheque también existen dos figuras importantes el librador el cual le da un cargo a alguna institución de crédito y el librado que es el que paga una cantidad de dinero en favor de otra persona la cual se denomina beneficiario.
El cheque cuenta con las siguientes carácteristicas:
  1. Mensión de ser cheque.
  2. lugar y fecha de expedición.
  3. Onden de pago.
  4. Nombre de la institución de cédito (banco)
  5. Nombre del beneficiario.
  6. Lugar de pago.
  7. Firma del librador.

martes, 30 de abril de 2013

Fusión,transformación,disolución y liquidación de sociedades mercantiles.

*Fusión: Es cuando una sociedad mercantil absorve a otra más pequeña para formar una sola; también existe la fusión pura que es cuando varias sociedades se extinguen para formar una sola.
*Transformación: Se da cuando se requiere modificar algo escencial como el nombre, número de socios, objeto social, capital, etc. y todo esto debe hacerse ante el notario o corredor público.
*Disolución: Ésta se puede dar de dos maneras:
-Parcial: ésta se da cuando uno de los socios deja de participar en la sociedad
 -Total: Es el paso previo a la extinción de la sociedad
y se puede llevar acabo por haber perdido las dos terceras partes o mas del capital de la sociedad,por acuerdo de los socios o por la incapacidad de realizar el objeto social de la entidad.
*Escisión: Es cuando se divide el capital de una sociedad mercantil, la cual es denominada escidente para formar dos nuevas sociedades las cuales se denominan escindidas, otra forma por la cual se puede dar la escinsión es cuando la sociedad escindente permanece pero transmite una parte de su capital para formar una o mas sociedades.
*Liquidación: la liquidación es la etapa final de la empresa es cuando se dice que una sociedad se va a la quiebra.

domingo, 10 de marzo de 2013

Tipos de Sociedades Mercantiles.

Como habiamos mencionado anteriormente toda sociedad mercantil esta constituida por un grupo de personas, con un interes o fin común y un objeto social, las sociedades mercantiles tienen una asamblea general (esta integrada por los socios), un consejo de administración y un consejo de vigilancia (vigila al consejo de administración y se  les llama comisarios).
La ley General de Sociedades Mercantiles establece 6 tipos sociedad cooperativa, sociedad en comandita simple, sociedad en nombre colectivo, sociedad anónoma, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad en comandita por acciones, aunque en la actualidad ya solo se usan tres, las cuales analizaremos a continuación.
1-Sociedad Cooperativa S.C:
La sociedad cooperativa es un conjunto de personas fisicas con un fin en común para satisfacer necesidades individuales o colectivas mediante actividades económicas de producción, distribucion y consumo de bienes o srevicios.
la sociedad cooperativa debe estar conformada por mínimo 5 socios, con el capital social mínimo que se estipule en el acta constitutiva, la duración de esta sociedad es indefinida,su representación legal esta conformada por la asamblea general la cual se encarga de dirigir a los socios, el consejo de administración y el consejo de vigilancia.
2-Sociedad Anónima S.A:
Esta sociedad debe conformarce por mínimo 2 socios, con un capital social mínimo de $50,000, su objeto social (a lo que se va a dedicar la sociedad) debe estar en el acta constitutiva, la duración de una sociedad anónima puede ser determinada o indeterminada y una asamblea en la cual se tomarán las decisiones más importantes de la sociedad.  
3-Sociedad de Responsabilidad Limitada S de R.L:
Esta sociedad debe constituirse por no más de 50 socios los cuales están obligados al pago de sus aportaciones, debe crearse con un capital mínimo el cual estará indicado en el acta constitutiva, en caso de que la sociedad sufra una extinción el socio debe responder de acuerdo al porcentaje que aporto en la constitución y de esta manera poder liquidar la sociedad.
















 

Sociedades Mercantiles.

Una sociedad mercantil es un contrato el cual se realiza con el acuerdo de voluntades de dos o más personas (socios) con el proposito de crear una sociedad con fin lucrativo.
La ley General de Sociedades Mercantiles establrcr que Existen 6 tipos de sociedades mercantiles:
1-Comandita simple: Esta conformada por uno o varios socios (comanditados) los cuales responden a las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios los cuales se ven en la obligación del pago de sus aportaciones.
2-Nombre colectivo: Todos los socios asumen las obligaciones sociales.
3-Comandita por acciones:Es aquella en la que los socios responden al pago de sus acciones.
4-Sociedad Anónima: Los socios solo están obligados al pago de sus acciones.
5-Sociedad de Responsabilidad Limitada: En esta sociedad los socios están obligados al pago de sus aportaciones y no se representan por títulos.
6-Sociedad Cooperativa: Los socios se encargan de satisfacer necesidades individuales o colectivas.

*Requisitos para la constitución de una Sociedad Mercantil:
1-Capital mínimo: fijo o variable.
2-Número de socios.
3-Estructura orgánica (organos de dirección).
4-Objeto sosial (fin por el que se creó la sociedad).
5-Régimen de responsabilidad económica de los socios.
6- Representación Legal.
7-Duración.
 

domingo, 17 de febrero de 2013



*Algunas ramas del derecho son:
-Derecho público: Es el que regula las relaciones entre autoridad y particular (la autoridad ejerce más poder), las partes pueden hacer lo que quieran siempre y cuando no vallan más allá de la ley (todo lo que no está prohibido está permitido). Ejemplo: Reglamento de tránsito, derecho constitucional, código penal, derecho fiscal, etc.
-Derecho social: al igual que el derecho particular regula las relaciones entre particulares, pero cuando uno está en desventaja, cuando un grupo es vulnerable.
-Derecho privado: Es el que pone a las personas en igualdad, a esto se le domina como relación entre particulares. Ejemplo: derecho civil y mercantil.
Del derecho privado surge el derecho civil y el derecho mercantil. El derecho civil es el que regula  las relaciones de las actividades entre particulares, cada estado tiene su código civil; mientras que el derecho mercantil regula las relaciones entre particulares pero entre el comerciante y el acto de comercio, es un derecho federal porque es uno solo para todo el país.
*Persona: es el sujeto de derechos y obligaciones.
-Atributos de la personalidad: Nombre o razón social, domicilio, nacionalidad, capacidad, patrimonio y estado civil en caso de ser una persona física.
*Capacidad de las personas: todas las personas tenemos capacidad de goce y de ejercicio solo si tenemos capacidad jurídica, osea somos mayores de edad, aunque hay algunas excepciones tales como los menores de edad o las personas que tienen alguna discapacidad, por lo que tienen que tener un representante.
*Nacionalidad de las personas morales:
-las personas morales que son constituidas según las leyes mexicanas, son mexicanas.
-las personas morales constituidas por mexicanos tienen nacionalidad mexicana.
*Comerciante: El comerciante es la persona física o jurídica, ya sea de nacionalidad nacional o extranjera que se dedica de forma habitual al comercio. Es el intermediario entre el productor y el consumidor con fin de lucro.
*Acto de comercio: El acto de comercio es la actividad que realiza el comerciante con fin lucrativo, el cual tiene como fin la circulación y el intercambio de bienes.
-Criterio legal: T y O de C.
-Criterio subjetivo: Sujetos-comerciante.
-Criterio objetivo: Intercambio de bienes, mercancías o productos.
*Acto mercantil: un acto es considerado mercantil cuando lo lleva a cabo un comerciante, cuando se trata de un acto de comercio.
*Comercio: El comercio tiene como fin la distribución de los sectores de la producción: primario (agricultura y ganado), secundario  (industria y comercio) y terciario (servicios).
*tipos de asociación:
-asociación civil (A.C): No tienen fin de lucro.
-Sociedad civil (S.C): No son preponderantemente lucrativos.











DERECHO:
El derecho es un conjunto de normas y leyes las cuales han sido impuestas por el estado y se encuentran plasmadas en la constitución, su importancia radica en que han surgido para regular la conducta externa de las personas y de esta manera haya una convivencia armónica entre éstas, hay que mencionar también que las normas o leyes son impero atributivas, es decir crean obligaciones y confieren derechos, en caso de incumplimiento de alguna de las leyes se puede ser sancionado.
NORMA JURIDICA:
una norma jurídica puede ser una ley, un reglamento, un tratado, una constitución o simplemente un acuerdo.
DIFERENCIA ENTRE LEY Y REGLAMENTO:
Las leyes son promovidas por el poder legislativo, es decir cámara de diputados y cámara de senadores, mientras que los reglamentos son promovidos por otros organismos jurídicos.